El Tribunal de la ONU ha ordenado a EEUU paralizar algunas sanciones sobre Irán. O, al menos, frenar el impacto en sectores como la ayuda humanitaria y la seguridad de la población civil. El fallo responde así a la demanda que interpuso el país iraní en el mes de julio.
El Tribunal da así parte de razón a Irán, que basó su denuncia en el Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares firmado con EEUU en 1955. Un momento en que ambos países gozaban de buenas relaciones bilaterales.
El tribunal internacional de la ONU ha concluido de manera unánime que “la adquisición de material médico, medicamentos y bienes relacionados con la seguridad de la población civil” son derechos que tienen que estar cubiertos.
Así, las sanciones de EEUU no podrán afectar a la población civil ni a la seguridad ni ayuda humanitaria.
Retirada del acuerdo nuclear
Fue el pasado mes de mayo cuando Trump anunciaba que EEUU se retiraba del acuerdo nuclear. Argumentaba que Irán había incumplido los compromisos asumidos.
Como consecuencia de su salida, EEUU reanudó en agosto las sanciones contra Irán que habían quedado suspendidas por el acuerdo.
A pesar de que la Corte Internacional haya fallado a favor de Irán, tendrá que ser voluntad de EEUU cumplir con la resolución. Y es que sus sentencias no son vinculantes.