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La huida suiza de Anna Gabriel va para largo

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dictado este miércoles la detención de la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, de momento sólo en territorio nacional.

Anna Gabriel durante una entrevista a la televisión suiza RTS
Anna Gabriel durante una entrevista a la televisión suiza RTS

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha ordenado la detención y puesta a disposición del Tribunal Supremo de la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, ante su incomparecencia hoy ante el instructor, sin alegar causa legítima que se lo impida.

Sin embargo, al no especificar que la orden detención ha de ser internacional, tal y como está redactada se ceñiría solo al territorio nacional. El escrito no reclama ya la orden internacional de detención para su extradición desde Suiza. Por tanto, Anna Gabriel, por el momento, sólo será detenida si regresa a España, como ocurre con Carles Puigdemont y el resto de ‘exconsellers’ fugados a Bélgica.

EL JUEZ DESOYE A LA FISCALÍA

La Fiscalía del Tribunal Supremo había solicitado que se dictara auto de prisión contra la exdiputada y, una vez acordada, se procediera a cursar la orden de busca y captura internacional y su detención preventiva, a los efectos de cursar la posterior demanda de extradición a Suiza.

También había pedido orden de detención la acusación popular en la causa, ejercida por Vox, tras constatar su incomparecencipara ser interrogada por delitos de rebelión o sedición y malversación de fondos públicos relacionados con el proceso independentista.

SUIZA RECHAZARÁ LA EXTRADICIÓN

Por otra parte, el Gobierno federal de Suiza ha anunciado este miércoles que no extraditará a España a Anna Gabriel al sostener que esa medida no está contemplada en las leyes internacionales y en las del propio país helvético cuando se trata de delitos políticos.

Folco Galli, portavoz del Departamento de Justicia de Suiza, ha apuntado que el artículo 3 de la Ley Federal sobre asistencia mutua internacional en materia penal, de Suiza, señala que la extradición está excluida por razones políticas y solo se contempla cuando se han cometido acciones que llevan implícita la violencia como el genocidio, los crímenes contra la humanidad, de guerra y otros particularmente reprobables como la toma de rehenes.

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