El Parlamento Europeo apretaba este miércoles el llamado ‘botón nuclear’ contra Hungría. El pleno de la Eurocámara, celebrado en Estrasburgo, aprobaba un proyecto de moción para poner en marcha el artículo 7 del Tratado de la UE contra el Gobierno de Viktor Orbán por las reiteradas violaciones de los derechos humanos y las libertades democráticas.
Esta es la primera vez en la historia comunitaria que el Europarlamento aprueba una resolución que da luz verde a iniciar las sanciones previstas por el artículo 7. Polonia, gobernado por el partido ultraconservador Ley y Justicia, es objeto de un proceso similar, pero éste fue puesto en marcha por la Comisión Europea.
Este artículo 7 recoge la posibilidad de sancionar a un Estado miembro por violar valores básicos de la Unión Europea como los derechos humanos o el imperio de la ley e implica la pérdida del derecho de voto en el Consejo Europeo. Sin embargo, es altamente improbable, por no decir imposible, que ese castigo llegue a ser efectivo.
Y es que, la decisión queda ahora en manos de los líderes de los 28 Estados miembros de la UE y se necesita unanimidad para que la medida se lleve finalmente a cabo. Primero, el Consejo Europeo necesita una «mayoría de cuatro quintos de sus miembros» para «constatar la existencia de un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro» de los valores fundamentales de la Unión. Antes, tendrá que escuchar a Hungría, podrá «dirigirle recomendaciones» y «comprobará de manera periódica si los motivos que han llevado a tal constatación siguen siendo válidos».
Después, para que finalmente se aplique la sanción se requiere unanimidad por parte de los 28 Estados miembros en la constatación de que la violación de los valores fundamentales de la UE es una realidad «grave y persistente», y no solo un «riesgo», como en el punto anterior.
Rechazo de Polonia
Esta fase cuenta ya con el rechazo de Polonia. Su Ministerio de Exteriores ha asegurado que se opondrá a cualquier sanción impuesta por la Unión Europea sobre Hungría, diciendo que «todos los países tienen el derecho de hacer reformas internas». «Las acciones dirigidas contra los Estados miembros solo sirven para profundizar las divisiones en la Unión Europea, aumentando la actual falta de confianza de los ciudadanos en las instituciones europeas», considera.
Si Polonia cambiase de postura y se diese ese paso, el Consejo «podrá decidir, por mayoría cualificada, que se suspendan determinados derechos derivados de la aplicación de los Tratados al Estado miembro de que se trate», incluidos los de voto en el Consejo, se explica en el punto 3 del artículo. La posterior «modificación o revocación» de las medidas podrá adoptarse por mayoría cualificada en el Consejo.