El Juzgado de lo Mercantil 17 de Madrid ha adoptado este martes medidas cautelarísimas para impedir cualquier disposición que impida la puesta en marcha de la Superliga.
Según pudo saber EFE, dicho juzgado ha tomado esta decisión para prohibir a la FIFA, la UEFA y a todas sus Federaciones o Ligas asociadas «adoptar cualquier medida que prohíba, restrinja, límite o condicione de cualquier modo, directa o indirectamente, la puesta en marcha de la Superliga».
Asimismo, dichas medidas prohíben que se tome «cualquier medida sancionadora o disciplinaria contra los clubes participantes, su jugadores y directivos».
Doce de los clubes más importante de Europa, entre ellos el Real Madrid, el Barcelona y el Atlético de Madrid, anunciaron el domingo por la noche la creación de una Superliga europea al margen de la UEFA.
Tanto la UEFA como la FIFA han anunciado que adoptarán sanciones cuanto antes y estudiarán la participación de los jugadores de los clubes implicados en los próximos torneos que organizan.
Según el tribunal, «la efectividad de dichas medidas anunciadas provocaría que los clubes y/o jugadores que participasen en la Superliga verían impedida su participación en la próxima Eurocopa de fútbol de Junio de 2021, los próximos Juegos Olímpicos de Julio de 2021 y el próximo Mundial de 2022».
«Las medidas anunciadas por dichos organismos de naturaleza privada, impiden la existencia una libre competencia en el mercado de las competiciones de fútbol profesional a nivel europeo», agrega.
El tribunal considera que poner en peligro la Superliga provocaría un «perjuicio irreparable» a los clubes y jugadores
Además, «la adopción de las medidas anunciadas por FIFA y UEFA provocarían el fracaso del proyecto de Superliga Europea por imposibilidad de cumplimiento de la condición de compatibilidad anteriormente mencionada, y la pérdida consiguiente de los compromisos de inversión y financiación por parte de J.P. Morgan«, que ha anunciado que financiará el torneo.
Y recuerda que «las normas estatutarias de FIFA y UEFA no contienen previsiones para garantizar objetivos de interés general en la concesión de la autorización previa en cuanto a la organización de competiciones futbolísticas. Tampoco contienen criterios objetivos y transparentes que eviten la existencia de efectos discriminatorios o conflictos de interés con FIFA y UEFA en la denegación de la autorización para la organización de competiciones deportivas alternativas por los clubes integrados en las federaciones afiliadas a dichos organismos privados».
El tribunal considera que si la Superliga Europea de fútbol no pudiese ponerse en marcha, se causaría «un perjuicio irreparable a los clubes y jugadores llamados a participar» en ella y frustraría «la tutela que pudiese otorgarse en una eventual sentencia estimatoria».