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Prisión permanente revisable, la derogación que pretenden los políticos y rechazan los ciudadanos

La plataforma ‘Tu protección es nuestra lucha’, puesta en marcha través de Change.org por cinco familias que han sufrido el asesinato de sus hijos – Diana Quer, Mari Luz Cortés, Marta del Castillo, Ruth y José Bretón y Candela y Amaia Renedo -, lleva a esta hora, 10 de la mañana del lunes 22 de enero, más de 992.000 firmas recogidas para oponerse a la derogación de la prisión permanente revisable.

Enrique Abuín, 'El Chichle', asesino de Diana Quer
Enrique Abuín, 'El Chichle', asesino de Diana Quer

Una pena que fue aprobada en 2015 para crímenes de excepcional gravedad y a la que, hasta la fecha, solo una persona ha sido condenada: David Oubel Renedo, el hombre que asesinó con una sierra radial a sus hijas, Candela, de nueve años, y Amaia, de cuatro.

Según la encuesta GAD3 publicada hace unos días, ocho de cada diez españoles, exactamente el 79,3 por ciento, están a favor de mantener la prisión permanente revisable. Y serían los votantes socialistas, en un 88%, los que más apoyarían esta pena aunque su partido sea uno de los que encabezan la derogación de la misma. La abstención de Ciudadanos en el Congreso, tampoco se corresponde con el sentir de sus electores: el 80% de los mismos se declara a favor de que continúe en vigor la prisión permanente revisable.

Una pena reservada en el Código Penal para asesinatos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias: que la víctima sea menor de edad, que el hecho se produzca tras una agresión sexual, que el autor pertenezca a una organización criminal o que se trate de un asesino múltiple.

La prisión permanente revisable está sujeta, una vez cumplida una parte mínima de la condena, a la valoración de un tribunal colegiado que examinará las circunstancias del penado, los delitos cometidos y su situación personal. Esta revisión judicial periódica garantiza un horizonte de libertad para el condenado; es decir, no se cierra la puerta y se tira la llave como algunos pretender argumentar.

Si el tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el preso recupere la libertad, se fija un nuevo plazo para llevar a cabo otra revisión, todas las que hagan falta. Por el contrario, en caso de que el tribunal estime que el preso cumple los requisitos necesarios para salir a la calle, se establece un plazo de libertad condicional con medidas de control, orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social.

A favor de eliminar esta medida se han pronunciado PNV, PSOE y Unidos Podemos, además de otros partidos minoritarios como Compromís o Bildu. Los 17 diputados nacionalistas catalanes no participaron en el Pleno por la situación de crisis abierta en Cataluña, pero también se han declarado a favor de la iniciativa a la que el 4 de octubre de 2017 el Congreso de los Diputados daba luz verde. En su defensa, el Gobierno se quedaba en minoría: 162 votos a favor de la derogación, 129 en contra y 31 abstenciones.

Para el padre de Diana Quer, dicha derogación supondría un paso atrás y lo cierto es que se trata de una pena que había costado mucho conseguir a pesar de que una importante mayoría de la sociedad llevaba años reclamándola: cada vez que un asesinato brutal nos dejaba sin aliento, preguntándonos cuánta maldad puede haber en un ser humano para que sea capaz de violar, asesinar y torturar a otro ser humano. Normalmente, además, niños o jóvenes que, aun menos que nosotros, podían entender el por qué de su tortura, ultraje, sufrimiento y, finalmente, su muerte. ¿Dónde estaban mamá y papá para protegerlos?

Muchos años en los que frente al clamor social, los políticos argumentaban que era precisamente cuando acababa de producirse un asesinato de estas características cuando menos podía pensarse en endurecer las penas. Nunca en caliente, advertían, cálmense ustedes, y cuando pase todo, lo pensamos… Hasta la siguiente vez que ocurría, en una especie de bucle sangriento sin sentido. Otra familia destrozada, otra vida cruelmente arrebatada.

Algunas veces, la existencia se reduce a un dramático cálculo de probabilidades.

Aunque la mayoría nos esforcemos en pensar que tenemos control sobre las cosas que ocurren, sabemos también que un día, una hora, un instante puede cambiar el devenir de una vida. Que la suerte, buena, regular, mala o, incluso, trágica puede cruzarse en el camino y modificar todos los planes trazados o a punto de trazar. Que estar en un determinado instante en un lugar concreto, puede variar el curso de un futuro y que encontrarnos con quien nadie querría encontrarse puede significar sentencia de muerte. En un momento, la vida queda en suspenso, hasta que termina por caer del inhóspito, maldito lado de una muerte segura.

Maldito porcentaje de probabilidades.

Porque, ¿cuántas posibilidades tiene una niña de encontrarse en su camino con un depredador sexual en plena búsqueda de una víctima? Nadie se plantea calcularlas. Y, sin embargo, qué padre no siente alguna vez una ráfaga de desasosiego cuando sus hijos empiezan a aventurarse solos por el mundo. Ninguno. Todos saben que el hombre del saco no vive en los cuentos, que es tan real y tan negro como el asfalto. Que puede matar, que mata.

¿Se acuerdan de Ana María Jerez Cano? ¿De su violador y asesino ‘El Boca’? La niña tenía 9 años cuando se cruzó, en su infantil trayecto, con José Franco de la Cruz. La tarde del 16 de febrero de 1991, la pequeña salió de su casa en Huelva para recorrer un camino que conocía bien, el que le llevaba a casa de su amiga Raquel. Sólo que en esa ocasión no llegó. ‘El Boca’ se interpuso en su camino, ese que le llevaba a jugar con su amiga y luego de regreso a casa con sus padres. El camino que debería de haberle llevado, con los años, a ser una adolescente, convertirse en una mujer, en madre, tía, abuela…

Ana ni siquiera se topó con un hombre del saco propiamente dicho, porque a ‘El Boca’ ella le conocía. Era el tío de Raquel, así que el ‘monstruo’ no tuvo que inventar nada para tomar de la mano a la niña rebosante de vida y llevársela para transformarla en el pálido y húmedo cadáver que apareció después en las aguas de la ría del Tinto, 69 días más tarde. La policía le detuvo, fue juzgado y condenado a 44 años de cárcel por la violación y el asesinato de la pequeña onubense.

A su salida de prisión en abril de 2012, 21 años más tarde, aseguró ante las cámaras que era inocente, mientras la madre de Ana, Adoración Cano, se lamentaba de que el tribunal hubiera denegado la aplicación de la doctrina Parot en aquel caso. Y advertía: ‘El Boca’ no se había rehabilitado, jamás se había arrepentido y su puesta en libertad era un peligro al que, antes o después, alguna mujer podría tener que enfrentarse. Tres meses después, la policía le puso de nuevo las esposas: había violado en Madrid a una mujer.

Desde la violación y asesinato de Ana en 1991 han pasado muchos años, muchos crímenes espantosos que no son estadísticas ni números. Antes, hasta que entró en vigor la reforma del Código Penal que introdujo la prisión permanente revisable en 2015, cuando recibíamos con alivio la noticia de la detención de un asesino violador especialmente cruento, ya sabíamos que un día le veríamos salir de la cárcel, rehabilitado o no.

Habría llegado a término el plazo máximo que nuestra ley penal contemplaba para que un reo permaneciera en prisión. No pensábamos en ello de manera consciente, claro. Al menos, no lo pensábamos aquellos que, por fortuna, no habíamos sido golpeados de forma directa por la tragedia. Las familias de las víctimas sí lo pensaban, cada día.

Terminada la condena, los agresores salen a la calle porque han pagado su deuda con la sociedad y “están listos para volver a convivir en ella”. Tienen derecho a la reinserción aunque no tengan intención de reinsertarse. Podemos dejarlo, si lo prefieren, en que, aun teniendo dicha intención, no son capaces de hacerlo. Da igual, cumplidos los años de prisión, rehabilitados o no, salían a la calle. Así estaba legislado y punto. La doctrina Parot fue solo un remiendo al que pronto empezaron a saltársele los pespuntes y la llamada “vigilancia no invasiva” para intentar tener bajo control a los “monstruos”, no duró ni dos asaltos. La misma no podía prolongarse con carácter indefinido ni llevarse a cabo con todos los violadores o asesinos en serie. Son y serán, por desgracia, demasiados.

Tampoco resultaba factible internarles, a través de un procedimiento civil, en un psiquiátrico, puesto que no se trata propiamente de enfermos mentales, y la solución de la denominada castración química, hace tiempo que perdió fuerza. Porque no puede imponerse de manera obligatoria como parte de la pena y, sobre todo, porque no se trata únicamente de una cuestión sexual, sino mental. Discúlpenme la dureza: los reincidentes, a falta de otra ‘cosa’, agreden a las mujeres con distintos ‘instrumentos’.

¿Qué podía hacerse entonces para evitar el estallido de esas bombas de relojería, llevándose en su deflagración a más víctimas inocentes?

En frío o en caliente, había que enfrentarse a la toma de decisiones que, en realidad, a muy pocos nos gustan. Era necesaria una reforma de la ley llevada a cabo, precisamente, con todas las de la ley. Sin terribles riesgos innecesarios para nadie. Con posibilidades, sí, de segundas oportunidades, pero que hayan sido ganadas a lo largo de los años. En definitiva, una vez comprobado el afán de rehabilitación, de reinserción en una sociedad que, por su parte, solo reclama sentirse lo más segura posible frente a los sujetos que jamás convivirán sin hacer daño.

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